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viernes, 5 de febrero de 2010

CEAR pide que la Ley de Asilo ampare a todas las víctimas de mutilación genital femenina

En el Día Mundial de tolerancia cero contra la mutilación genital femenina (MGF), que se celebra hoy, CEAR insta al Gobierno a que la nueva Ley de Asilo -aprobada el mes de octubre de 2009- reconozca de forma específica la condición de refugiada a toda persona que, debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de género y orientación social, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no puede o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país.

Una de las formas más graves de persecución por motivos de género y que debe recibir la protección internacional del derecho de asilo es la mutilación genital femenina, que no sólo supone una de las más graves violaciones de derechos humanos, sino que tiene consecuencias severamente lesivas para las mujeres víctimas de esta práctica. Aunque la nueva Ley de Asilo supone en este sentido un avance, CEAR está preocupada por el hecho de que se condicione este reconocimiento específico de persecución por motivos de género a las “circunstancias imperantes en origen”.

La organización recuerda que La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (Ley de Igualdad), en su disposición adicional vigésimo novena, incluyó un mandato imperativo para la entonces Ley de Asilo en vigor: “Lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 3 será de aplicación a las mujeres extranjeras que huyan de sus países de origen debido a un temor fundado a sufrir persecución por motivos de género”. Reconoció expresamente que las personas que huyan de una mutilación genital podrán acogerse a la protección del asilo.

La nueva Ley de Asilo, sin embargo, no recoge íntegramente este mandato imperativo de la Ley de Igualdad. Cita la persecución por motivos de género (incluyendo por orientación afectivo-sexual y por identidad de género), sin embargo, expresa que estos motivos no son suficientes por sí solos sino que dependerá de las “circunstancias imperantes en el país de origen”.

En el caso de la mutilación genital femenina esta limitación podría hacer que muchas mujeres no sean reconocidas como refugiadas ya que en algunos países, como Burkina Fasso, la mutilación genital femenina está penalizada, y sin embargo el 72% de las niñas son sometidas a esta práctica habitual y tradicional en todos los grupos religiosos y étnicos del país.

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