Estadísticas

Buscar este blog

miércoles, 9 de febrero de 2011

Los inmigrantes con hijos nacidos en el país recibirán la residencia temporal

Arraigo familiar, arraigo social y arraigo laboral. Son las tres nuevas figuras que contempla el borrador del Reglamento que desarrolla la Ley de Extranjería, que llegó ayer martes, con ocho meses de retraso. Mediante la primera, los inmigrantes cuyos hijos tengan la nacionalidad española obtendrán un permiso de residencia temporal.

A través de la segunda, la autorización será para los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un período mínimo de dos años, siempre que demuestren la existencia de relaciones laborales de no menos de seis meses. Podrán acogerse al arraigo social quienes acrediten su integración social, además de la permanencia continuada en España durante un período mínimo de tres años y un contrato de trabajo firmado por el empresario en el momento de la solicitud para un período que no sea inferior a un año.

En los últimos dos casos, los solicitantes deberán carecer de antecedentes penales, en España o en el extranjero, en los cinco años previos. Con un retraso de ocho meses, provocado por el cambio en la titularidad de la Secretaría de Estado de Inmigración, llega el borrador del Reglamento que desarrolla la Ley de Extranjería.

Anna Terrón definió los arraigos como "un remedio jurídico a una situación de irregularidad". De cualquier manera, puntualizó que se trata de asuntos inusuales: "En el Reglamento se encuentra bajo el epígrafe de residencia por circunstancias excepcionales". El borrador del Reglamento es un texto con 264 artículos que inició ayer martes un período de alegaciones. Terrón indicó que el borrador definitivo estará terminado en, "aproximadamente, dos meses", tras las aportaciones de los interlocutores sociales y el informe del Consejo de Estado.

Maltratadas
"En este país no se expulsa a las maltratadas", dijo Anna Terrón. Hacía referencia a uno de los puntos que contempla el borrador, que eleva la protección a las extranjeras víctimas de violencia de género o aquellas que se encuentren bajo el yugo de redes de prostitución o trata de mujeres.

Si denuncian y la sentencia condena al maltratador, se les otorgará un permiso de residencia y de trabajo durante cinco años. Durante ese tiempo, seguirán pudiendo acceder a la situación de residencia de larga duración, previa solicitud. En el caso de que la denuncia fuese falsa y la mujer extranjera estuviera en situación de irregularidad se incoaría un procedimiento administrativo sancionador por infracción de esta normativa.

Fuente: OTR Press

No hay comentarios: