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miércoles, 30 de marzo de 2016

La asignatura de religión islámica solo se imparte en un colegio de Canarias

La Ley 26/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España, establece en el artículo 10 de su anexo que, a fin de dar efectividad a lo dispuesto en el artículo 27.3 de la Constitución, “se garantiza a los alumnos musulmanes, a sus padres y a los órganos escolares de gobierno que lo soliciten, el ejercicio del derecho de los primeros a recibir enseñanza religiosa islámica en los centros docentes públicos y privados concertados, siempre que, en cuanto a estos últimos, el ejercicio de aquel derecho no entre en contradicción con el carácter propio del centro”, en los niveles de Educación Infantil, Primaria y Secundaria. El apartado 2 del mismo artículo establece que la enseñanza religiosa islámica será impartida por profesores designados por las comunidades pertenecientes a la Comisión Islámica de España, con la conformidad de la federación a que pertenezcan. Así de claro se expone en la última resolución dictada por el Ministerio de Educación el pasado día 18, en la que se publicaba el currículo de la enseñanza de religión islámica de Infantil.

http://diariodeavisos.elespanol.com/2016/03/la-asignatura-religion-islamica-solo-se-imparte-colegio-del-archipielago/ 

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