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miércoles, 2 de marzo de 2016

Los niños canarios con discapacidad, sin parques infantiles accesibles

“Las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones que se aprueban en virtud del presente real decreto serán obligatorias a partir del día 1 de enero de 2010 para los espacios públicos urbanizados nuevos y para los edificios nuevos, así como para todas las obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que se realicen en los edificios existentes, y a partir del día 1 de enero de 2019 para todos aquellos espacios públicos urbanizados y edificios existentes que sean susceptibles de ajustes razonables”. Así de explícito se mostraba el Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprobaban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones.

http://www.elespanol.com/diariodeavisos/2016/03/ninos-canarios-con-discapacidad-sin-parques-infantiles-accesibles/ 

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